Avanzan en un dictamen  para regular el teletrabajo

Los jueces laborales advirtieron que la ley no puede cercenar “derechos” de los trabajadores y los abogados laboralistas advirtieron sobre legislar mas allá de la pandemia en este contexto de “precarización laboral”.

Tras recibir la opinión de empresarios, jueces y abogados laboralistas, la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados buscará este miércoles un dictamen consensuado entre múltiples proyectos para regular por ley el teletrabajo. Las cámaras empresarias reclamaron que el consentimiento y la reversibilidad de la llamada “desconexión digital” (sobre el teletrabajo), debe ser acordadas por ambas partes y no unilateralmente como plantean varias iniciativas, además de proponer que la ley entre en vigencia 180 días después del cese de la emergencia sanitaria. La Asociación de Magistrados de la Justicia del Trabajo bonaerense sostuvo que “esta modalidad no puede implicar de manera alguna renuncia total o parcial de derechos contenidos en la Ley de Contrato del Trabajo”. En tanto, el abogado laboralista Héctor Recalde advirtió que estamos “en un momento de muchísima precarización” y agregó que pensaba en una regulación “para la emergencia y no para siempre”.

“Es una demanda social que se regule el teletrabajo; sabemos que esta modalidad va a quedarse en algún porcentaje mayor después de la pandemia”, sostuvo la presidenta de la comisión Vanasa Siley (FdT). Luego destacó el “trabajo profundo, con buena fe y coordinación” que pusieron todos los bloques, que según confirmó buscará este miércoles un dictamen sobre un proyecto de consenso. Si se logra, podría ser parte del temario de una posible sesión de la Cámara baja de esta misma semana.

Distintas cámaras empresarias participaron por teleconferencia con la comisión, donde la Unión Industrial Argentina (UIA) se encargó de poner los mayores reparos sobre los proyectos en debate. Su prosecretaria, Carolina Castro, reclamó que se escuche “la voz de los empresarios”, porque “son los que determinan dónde y cuánto se invierte y, por tanto, cuánto empleo se genere”. La jefa del departamento de política social de la UIA, Laura Giménez, remarcó que el consentimiento a este tipo de modalidad laboral “debe ser acordado en forma voluntaria por las partes”, que “deben garantizarse las facultades de organización y dirección del empleador que emanan de la Ley de Contrato de Trabajo” y que el pedido de reversión debe ser tanto por el empleador como por el trabajador, con “un plazo de 30 días de preaviso, igual para las dos partes”. Giménez también solicitó que “la entrada en vigencia de la ley se disponga para 180 días después del cese de las medidas de emergencia sanitaria”.