Aguinaldo de diciembre: ¿se cuenta el ATP ?

El Sueldo Anual Complementario (SAC) volverá a pagarse en diciembre en cuotas en muchas empresas. ¿Cómo repercute la ayuda que dio el Gobierno y los acuerdos de recorte salarial para evitar despidos?

En un año dificilísimo para el mundo entero, pero aún peor para el argentino, el Sueldo Anual Complementario (SAC), que se paga en junio y diciembre, suele dar un ligero respiro al bolsillo del trabajador, y en esta ocasión por la crisis producto de la pandemia de coronavirus cobra el doble de relevancia.

A un mes de la obligación del aguinaldo de diciembre, surgen una batería de preguntas: ¿se pagará en la mayoría de las empresas en cuotas como en junio? ¿incluirá Ganancias o se excluirá el impuesto como excepción por la crisis? ¿el ATP es tenido en cuenta a la hora del cálculo? ¿Qué pasa con los trabajadores que debieron resignarse con el 70% o 75% del salario a cambio de suspensiones y evitar ser despedidos?

En esta nota, despejaremos algunas de esas inquietudes. Por el momento, en el Ejecutivo no está sobre la mesa de discusiones si el impuesto a las Ganancias será exceptuado o no del SAC por única vez como ocurrió en otras oportunidades de apremio económico, supo minutouno.com desde Jefatura de Gabinete.

Que no esté entre “la agenda” actual del Gobierno no quiere decir tampoco que no se analice este tema en breve. Aún falta un mes para la liquidación del aguinaldo. En AFIP tampoco tienen idea aún qué ocurrirá con el gravamen. Lo que sí está claro es cómo “afectan” el ATP y las suspensiones en el cálculo.

Respecto de la Asistencia al Trabajo y la Producción que brindó la administración de Alberto Fernández para ayudar a la empresas a afrontar el salario de más de 1,2 millones de trabajadores del sector registrado privado en el segundo semestre del año (hay en total casi 6 millones de asalariados privados), en este caso el ATP no afecta al pago del medio aguinaldo.

“El ATP es parte del salario porque hay un concepto jurídico que es el del ‘goce íntegro’, y el aguinaldo no debe sufrir ningún tipo de descuento y debe ser pagado en su totalidad”, explicaron a este portal voceros del Ministerio de Trabajo nacional.

Otro es el caso de los que trabajadores sufrieron las suspensiones. Ocurre que los convenios firmados por el grueso de los gremios implicó que el salario de convirtió en una suma no remunerativa, por lo cual, no se computabiliza para el pago del aguinaldo.

Es decir, las empresas que tuvieron empleados suspendidos en sus plantillas “eran a cambio de una contraprestación dineraria”, aclararon a minutouno.com desde la cartera laboral que conduce Claudio Moroni.

Esto es, los trabajadores que estuvieron – y aún están- suspendido sufrieron un recorte salarial de entre el 25% y 30% a cambio de no ser despedidos, pero además ese haber que recibieron se trató de una suma “no remunerativa”, lo que quiere decir que no paga aporte patronales ni descuentos jubilatorios. Por lo tanto, todos los 42.000 trabajadores que al día de hoy están suspendidos no gozarán del SAC de diciembre.

Ahora bien, si un trabajador dejó en estos meses de ser suspendido y volvió a cobrar su salario de forma habitual, se contemplará el mes más alto, como ocurre siempre, para el cálculo del pago del aguinaldo.