Autorizaron aumento del 9% de la harina subsidiada

El incremento llega al 23% desde que se puso en marcha el fideicomiso, en abbril pasado. La Secretaría de Comercio planea una reestructuración de la herramienta, que desde octubre subsidiaría de manera directa a las panaderías en lugar de los molinos.

El Gobierno dispuso un aumento del 9% en el precio de la harina subsidiada por medio del Fondo Estabilizador del Trigo Argentino (FETA) que se puso en marcha par intentar abaratar los valores al consumidor del pan, en medio de la escala internacional de las materias primas. La actualización fue oficializada este martes en el Boletín Oficial y está bien por debajo de los niveles de inflación acumulada desde junio, cuando se había establecido el último incremento.

Desde abril, cuando comenzó a regir el fideicomiso, el incremento autorizado por el Gobierno llega a 23% en las bolsas de harina. Así, la tabla de precios, para las bolsas de 25 kilos, quedó conformada por 000 común ($1417) 0000 común ($1700), tapera ($1842) Semolín ($1842), 000 calidad 24/26 gluten (valor base 000 más hasta 10%), 000 calidad 26/28 gluten (valor base 000 más hasta 20%); 000 calidad más de 28 gluten (valor base 000 más hasta 30%), acondicionadas y especiales (inglés); premezclas e integrales (valor base 000 más hasta 50%).

Para los casos de ventas a granel, el precio establecido por el Gobierno para la tonelada fue el de la bolsa de 25 kilos multiplicado por 39,25. A eso, se le debe sumar el costo logístico que representa el traslado al interior, según cada provincia o región.

Todo esto a partir de un valor de referencia de $30.484,26 para la tonelada de trigo, según se indicó en la resolución firmada por el secretario de Comercio Interior, Matías Tombolini,

En tanto, el funcionario definió cómo serán calculadas las actualizaciones mensuales de estos valores. Un 40% del precio se calculará en base a la variación mensual del valor FAS teórico del trigo, promedio en pesos, publicado por la Secretaría de Agricultura, del mes anterior al que se calcula la compensación.

Un 30% corresponderá a la variación del Índice de Precio Mayorista (IPIM) disponible en la página web del INDEC, 5 días hábiles antes del inicio del mes para el cual se calcula el aumento.