La Cámara Federal confirmó varios procesamientos

Además de la decisión sobre la ex mandataria, el tribunal solo confirmó el procesamiento por coimas para los empresarios que se arrepintieron y confesaron. Otros tres recibieron falta de mérito.

La Cámara Federal confirmó hoy el procesamiento de la ex presidenta  Cristina Kirchner y un grupo de sus ex funcionarios por haber recibido coimas al transporte ferroviario, en el marco de la asociación ilícita descripta en la causa de los cuadernos. El fallo, firmado por los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, también alcanzó a ratificar el procesamiento de Julio De Vido y los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, todos ellos ya presos por otros expedientes.

Sin embargo, la Cámara volvió a dejar afuera de la asociación ilícita a los empresarios que fueron procesados por el juez Claudio Bonadio en la asociación ilícita. El criterio seguido es que los hombres que pagaron las coimas no formaron parte de la banda de ex funcionarios kirchneristas.

Uno de los puntos claves de la resolución fue que se confirmó sólo el procesamiento para los empresarios Aldo Roggio y Gabriel Romero, que como arrepentidos habían dado detalles del pago de las coimas. Roggio admitió haber pagado dádivas por los subsidios que recibió por la explotación del subte, y Romero, por los trenes.

Se revocó, en tanto, el procesamiento dispuesto por Bonadio para otros empresarios, como Claudio Cirigliano (preso por la tragedia de Once) y Sergio Taselli, quienes tenían a su cargo otras líneas de ferrocarriles urbanos; o Julio José Forastieri, integrante de la sociedad con la que Taselli explotaba ferrocarriles.

En marzo, Bonadio había sostenido que se pudo corroborar que “las personas a cargo de las empresas concesionarias de los ferrocarriles pagaban a los nombrados Jaime y Schiavi entre un 5% y un 30% de los subsidios entregados por el Estado nacional”.

Hoy, la Cámara Federal analizó esa resolución y convalidó que “los sucesos que aquí se recrean aparecen enmarcados en el contexto reconstruido en la causa 9.608/18, donde se logró acreditar el circuito de recaudación ilegal instaurado desde el seno de la Administración Pública Nacional (PEN) entre 2003 y 2015, el cual receptaba el dinero que las diversas empresas entregaban para asegurarse la asignación de contrataciones públicas y otros beneficios que dependían de la voluntad administrativa”.

Según se sostuvo, “el eje de la maniobra pesquisada estuvo dado por la asignación de la obra pública a cambio de la entrega de sustanciosas sumas de dinero. Los titulares de las compañías vinculadas al rubro de la construcción recibían el beneficio de ser contratados por el Estado, así como un tratamiento favorable durante el desarrollo de dichas relaciones contractuales”.

Pero las pruebas no alcanzaron para los otros empresarios que recibieron concesiones como Roggio o Romero y no se arrepintieron. “Se impone la necesidad de profundizar la investigación, adoptando, a ese efecto, un temperamento expectante en relación a estos hechos. En consecuencia, habrá de dictarse la falta de mérito para procesar o sobreseer a Sergio Tasselli, Julio Forastieri y Claudio Cirigliano”, se afirmó.