La Ley de Glaciares es constitucional

La Corte Suprema de la Nación rechazó un planteo de la minera y del gobierno provincial de San Juan y confirmó la constitucionalidad de la Ley de Glaciares, que pone límites a la actividad extractiva contaminante en las áreas protegidas.

Entre los fundamentos, los supremos recordaron que la norma  tiene por objetivo proteger “los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas”, y advirtieron que “ninguna interpretación es constitucionalmente admisible si vacía de contenido el modelo federal del Estado o el proyecto ambiental de la Constitución”.

El fallo, que pone ahora en duda 44 proyectos contiguos a cuerpos de hielo en distintas provincias, fue celebrado por las organizaciones ambientalistas. Mientras la asamblea de Jachal no se toca prepara una caravana para celebrar la decisión, uno de los abogados de la organización ambientalista, Diego Seguí, dijo que la resolución de la Corte “es muy importante”, y afirmó que como consecuencia del fallo “se deberían hacer las auditorías que no se hicieron en Veladero y Pascua Lama para determinar la afectación de los glaciares y el cierre de los emprendimientos”.

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