Los cambios en Ganancias se aplican desde junio

Finalmente llega una reglamentación muy esperada: Desde junio no pagaran ganancias aquellos trabajadores que ganen hasta $150.000 de sueldo en bruto.

Por la Dra. Laura Kalerguiz*
Si bien la ley fue sancionada en abril, la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Point, firmó la resolución que establece que a partir de los haberes de junio 2021 se aplicará la ley sancionada. Esto incluye que el medio aguinaldo no estará alcanzado por el impuesto.
Como la ley es retroactiva al mes de enero 2021, desde el mes de julio se empezará a devolver lo retenido entre enero y mayo. Se estima que las cuotas  promedios de devolución es de $3500 y se abonara en 5 cuotas iguales y consecutivas.
 
Respecto de los jubilados que sufren el descuento, se eleva el mínimo no imponible para el pago de Ganancias para retirados, jubilados y pensionados, de 6 a 8 haberes mínimos garantizados. Es decir que al mes de mayo de 2021, sólo pagarán el impuesto los beneficiarios que perciben haberes brutos iguales o mayores a $164.571,52 mensuales. Este piso se ajustará automáticamente cada 3 meses, por aplicación de la ley de movilidad jubilatoria.
Este beneficio es también para jubilados, pensionados y quienes cobran retiros de cajas especiales, siempre y cuando el contribuyente no tenga otros ingresos distintos a los del haber. Tampoco corresponde esa deducción para quienes tributan el impuesto de Bienes Personales, siempre y cuando esta obligación no sea por el pago de una vivienda única.
De esta manera, también desde junio, aquellos jubilados que cumplan las condiciones dejarán de tener el descuento de Ganancias y a partir de julio se les devolverá lo descontado entre enero y mayo en caso de corresponder.