Los derechos de las personas con discapacidad a la hora de votar

Elecciones 2019 | Las leyes y convenciones internacionales garantizan el voto, pero no todos conocen cuáles son las facilidades para hacerlo con libertad y comodidad.

¿Pueden votar las personas con discapacidad? No solo pueden, sino que deben votar todoslos ciudadanos de ambos sexos, nativos, por opción y naturalizados, desde los dieciocho años, independientemente de su sexo, raza, religión, etcétera. Se trata de un derecho constitucional y es obligatorio su ejercicio.

El derecho y la obligación existen, pero ¿cómo se ejercen y se cumplen? El artículo 16 de la Constitución establece el principio de igualdad entre los habitantes de la Nación, que debe ser aplicado también a las personas con discapacidad. Por lo tanto, deben tener las mayores facilidades para poder emitir su voto como cualquier conciudadano.

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que los estados tienen el deber de “asegurar que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar y ser elegidas”. Es decir, formalmente las personas con discapacidades cualquier tipo pueden postularse a puestos electivos e integrar listas.

El voto es universal, igual, secreto y obligatorio, y esto incluye a todos. La única limitación para votar es estar incluido en el padrón y tener el documento correspondiente en regla. Además,no podrán votar quienes hayan sido declarados dementes por la justicia o estén inhabilitados por el Código Nacional Electoral.

Es responsabilidad del Estado garantizar la accesibilidad del lugar de votación. Es decir, todo edificio habilitado para las elecciones tiene que tener las rampas necesarias , con las características establecidas por la ley 22431 de protección de las personas con discapacidad y ascensores, si fuera necesario.

Cada establecimiento de votación contará con una mesa de votación accesible (MVA), en el que podrán votar, por propia opción, los electores registrados en otras mesas que presenten alguna discapacidad o limitación permanente o transitoria. Será habilitada en el espacio de más fácil acceso y más cercano a la entrada. También funcionará como mesa común.

Las indicaciones tienen que ser claras y tiene que haber dispositivos para que las personas con discapacidad visual las conozcan. Las autoridades de mesa tienen la obligación de estar entrenadas para ofrecer apoyo a las personas con discapacidad que se acerquen a votar.

Si una persona tiene una discapacidad, puede entrar a votar acompañada por el presidente de mesa o por una persona de su confianza que elija, que no podrá ayudar a otro votante en la misma elección. El acompañante designado tendrá que presentar su documento de identidad, y sus datos quedarán asentados en el padrón electoral. El presidente de mesa, en cambio, puede asistir a todos los votantes con discapacidad que se lo pidan, sin límites.

Como lo establece la ley 26858, quien lo necesite podrá ir a votar con su perro guía, que deberá tener la documentación que acredite su condición en orden.

Las personas con síndrome de Down, autistas o con alguna discapacidad intelectual no solamente pueden votar, sino que tienen la obligación de hacerlo. Para ejercer su derecho adecuadamente, a veces deberán contar con respaldo. Las autoridades electorales y la Asociación Síndrome de Down de la Argentina recomiendan definir a quién se quiere votar; conocer el número de lista; conocer cuál es el procedimiento de corte de boleta. Si resultara necesario, se puede pedir ayuda a conocidos o familiares. También se puede solicitar auxilio a las fuerzas de seguridad o a las autoridades del comicio en todo lo necesario para concretar el voto: reconocimiento de boletas, corte, etc.

“Mi voto cuenta”

Por primera vez, personas con autismo y Síndrome de Down votaron en España en las últimas elecciones. Además, 13 de ellas fueron candidatas. Con la reforma alentada por la campaña Mi voto cuenta, han recuperado automáticamente su derecho al sufragio 100.000 personas con discapacidad intelectual, deterioro cognitivo o enfermedad mental. Esto incluye a quienes habían sido incapacitadas legalmente. Para recuperar su derecho al voto, tenían que someterse a una entrevista muy difícil de aprobar que incluía preguntas sobre plataformas de los partidos y distinguir cuáles eran republicanos y cuáles monárquicos.

Para facilitar la participación de los votantes con autismo, Autismo España y el Centro de Referencia Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT) elaboró un documento de instrucciones adaptado al sistema de pictogramas, para facilitar la comprensión de las personas que se benefician de apoyos visuales. Se trata de formas de expresión distintas al lenguaje hablado que aumentan y compensan la comunicación, en este caso para el ejercicio del derecho al voto.

Algunas organizaciones no gubernamentales organizaron simulacros previos al comicio para eliminar posibles desajustes.