Monotributo: postergaron el vencimiento de junio

Se decidió ayer en la reunión de Gabinete Económico y hoy se formalizó en la Resolución General 5016/21 del Boletín Oficial. Qué pasa con los que ya pagaron la obligación mensual.

El plazo de vencimiento del monotributo de junio fue prorrogado hasta el 5 de agosto, lo que implica una postergación de 41 días respecto de la fecha original que operaba mañana, 25 de junio.

La medida se plasmó en la resolución general 5016/21 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada en la edición de este jueves del Boletín Oficial. Tal como se explicó, la decisión se tomó en la reunión del miércoles 23 de junio del Gabinete económico.

El cambio de fecha opera ante la demora del Poder Legislativo en sancionar la ley que modifica algunos aspectos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (denominación oficial del monotributo).

De no haberse tomado la decisión de la prórroga, el vencimiento habría operado mañana viernes 25 de junio, con un valor 35,3% superior al que tendrá que abonarse una vez que entre en vigencia la nueva ley.

Si bien existen mecanismos de reintegro para ese eventual pago en exceso, el Gabinete económico resolvió la postergación “con el objetivo de garantizar que los contribuyentes puedan pagar sus obligaciones con los  valores previstos en la iniciativa que se debate en el Parlamento”, señalaron en la Jefatura de Gabinete.

Entre otras cosas, el ente reacudador oficial instruyó a las entidades bancarias y tarjetas de crédito a que suspendan en junio los débitos automáticos previstos para este viernes a los monotributistas adheridos a dichas modalidades de pago.

De todos modos, aquellos contribuyentes que ya hubieran cumplido con sus obligaciones del mes, dispondrán de un saldo a favor para imputar a próximos vencimientos. Desde AFIP explicaron que esta alternativa estará disponible una vez sancionada e instrumentada la ley en debate.

La resolución también posterga hasta el 5 de agosto los vencimientos de las cuotas correspondientes a los períodos devengados entre enero y mayo que vencían el 20 de julio.

“De esta forma, aquellos contribuyentes que todavía no ingresaron los pagos para dichos meses contarán con más tiempo para cumplir con sus obligaciones”, indicó el organismo recaudador.