Resistencia: sin presencialidad y con guardias mínimas

Lo dispuso el gobierno municipal a través de una resolución. Habrá áreas que cumplirán guardias mínimas bajo la modalidad de burbujas, a criterio del secretario o subsecretario que las conduce. No están alcanzados por estas disposiciones los agentes del área de Servicios Públicos.

El intendente de Resistencia, Gustavo Martínez, a través de la Resolución 1216 de la fecha, estableció que los días 26, 27 y 28 de mayo serán laborables pero sin presencialidad en el lugar de trabajo para agentes municipales, quienes estarán sujetos a las necesidades de servicio, a requerimiento del superior jerárquico del gobierno comunal.

Quedan exceptuadas de estas determinaciones las áreas dependientes de la Secretaría de Servicios Públicos de la comuna capitalina.

La resolución establece la prestación presencial, a través de guardias mínimas bajo la modalidad de burbujas, con asistencia a criterio del secretario o subsecretario en las siguientes áreas:

-Intendencia: Dirección General de Personal y Dirección General de Gestión Administrativa.

-Subsecretaria Legal y Técnica: Dirección General de Despacho, Fiscalía Municipal, Asesoría General Administrativa Municipal, Dirección General de Ejecuciones Fiscales y Dirección General de Relaciones Institucionales y Precedencias.

-Secretaría de Gobierno: Dirección General de Tránsito, Transporte y Cargas, Dirección General de Higiene y Control Bromatológico, Dirección General de Inspecciones, Dirección General de Seguridad y Vigilancia, Dirección General de Guardias Comunitarias, Dirección General de Cementerio, Delegaciones Municipales y Dirección de Mayordomía.

-Secretaria de Hacienda y Finanzas: Dirección Administrativa, Dirección General Tributaria, Dirección General de Administración Dirección General de Tesorería, Dirección de Compras y Suministro, Dirección General de Liquidación y Certificación de Haberes, Dirección de Habilitaciones Comerciales, Dirección General Centros de Cómputos y Dirección General de Depósito y Control de Uso.

-Secretaría de Desarrollo Humano e identidad: Dirección General de Salubridad, Dirección General de los Centros Comunitarios, Dirección General de Relación Públicas.

-Secretaria de Planificación, Infraestructura y Ambiente: Dirección General de Administración, Dirección General de Obras Particulares, Dirección General de Catastro, Dirección General de Tierras Municipales y Dirección General de Control, Uso y Ocupación Urbana.

-Juzgados de Faltas Municipales N° 1 y 2.

La resolución indica, además, que los agentes que no estén comprendidos dentro de las burbujas estipuladas y enumeradas, prestarán servicio sin presencialidad a requerimiento del secretario o subsecretario de cada área en la que prestan.

Quedarán exceptuados del registro de asistencia, agentes municipales que prestan servicio sin presencialidad.

Entre los fundamentos que llevaron a la comuna a tomar las medidas, en el marco de las nuevas disposiciones nacionales y provinciales, se indica el “marcado carácter dinámico de la pandemia, particularmente en el área del Gran Resistencia” que “está sujeto a un constante seguimiento y desabollo de la evolución de la actual emergencia sanitaria”.

Asimismo, se subraya que “los indicadores epidemiológicos y los permanentes monitoreos realizados arrojan como resultado un incremento notable en la tasa de contagio, producto del circulación y concentración de personas”.

“En este contexto, deben intensificarse las medidas preventivas en un marco de razonabilidad y ser compatibilizadas con los servicios esenciales prestados por el Municipio y las actividades desarrollados en las áreas administrativas municipales, a fin de neutralizar la eventual constitución de un campo propicio para la expansión de la enfermedad, priorizando la salud del personal municipal”, indica la resolución en sus fundamentos.

En ese contexto es que se definió “arbitrar los mecanismos que garanticen una guardia indispensable bajo la modalidad de burbuja, para la atención de las cuestiones administrativas internas y de los contribuyentes”. Y, siendo laborables los días 26, 27 y 28 de mayo, se estableció la no presencialidad en el lugar de trabajo por parte de los agentes municipales, pero sujetos a las necesidades de servicios, a requerimiento del superior jerárquico.