Aprobaron la transferencia de inmuebles provinciales a Resistencia

En la tarde de este miércoles la Legislatura chaqueña aprobó el proyecto 424/21 que autoriza al Poder Ejecutivo a transferir al municipio de Resistencia el dominio de inmuebles específicos que se encuentran en el ejido de esta ciudad.

Los predios transferidos, son el Parque Urbano Tiro Federal, Laguna Argüello-San Expedito, Parque Autódromo, Parque Caraguatá, Paseo Sur, y una franja al costado del Canal Soberanía Nacional.

El Parque de la Democracia y la Juventud fue excluido de la lista debido a que es propiedad del Poder Legislativo.

Las transferencias fueron efectuadas con la condición de que el municipio desarrolle y mantenga un sistema de reserva de áreas verdes. Asimismo, el Ejecutivo municipal no podrá cambiar, modificar, alterar, en todo o en parte, el destino de uso de los inmuebles, que son el esparcimiento y recreación, así como el desarrollo de actividades sociales, artísticas, culturales y deportivas. En caso de incumplimiento, el dominio volverá de forma plena y automática a la esfera del Ejecutivo provincial.

La aprobación se dio luego de 16 votos por despacho aprobatorio, siete por la permanencia en cartera, y una abstención, mientras que al momento de la votación hubo ocho ausentes.

Votos por despacho aprobatorio: Acosta, Ayala J. Y., Bergia, Charole, Cristaldo, Cuesta, García Amud, Insaurralde, Panzardi, Paredes, Pedrini, Sager, Schwartz, Slimel, Spoljaric, Vargas.

Votos en contra: Aradas, Cardozo, Corradi, Delgado, Gutiérrez, Nikisch, Zdero.

Abstención: Obeid.

Ausentes: Ayala J. C., Batalla, Cubells, Díaz, Digiuni (Azula), Parra Moreno, Peche, Pérez Otazu.

Transcurrida la sesión, el Poder Legislativo emitió el informe que detalla todos los puntos tratados en el encuentro.

De esta manera, el cuerpo legislativo comunicó oficialmente que para el desarrollo de un sistema de reservas de Áreas verdes y todo otro fin público complementario para el desarrollo de la ciudad, la Legislatura provincial por medio de la ley 3434-A, autoriza al Poder Ejecutivo, a transferir en carácter de donación a favor de la Municipalidad de Resistencia, el dominio de los inmuebles de su propiedad, ubicados dentro del ejido urbano de la localidad.

La ley impulsada por las diputadas Elida Cuesta, María Elena Vargas y Andrea Charole, establece que los gastos que demande su cumplimiento, estarán a cargo de la Municipalidad de Resistencia.

A su vez, indica que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de la Escribanía General de Gobierno u organismo vinculados a tal fin, adoptará las medidas pertinentes para la conclusión de los trámites necesarios y el otorgamiento de las respectivas escrituras traslativas de dominio.

La normativa indica que la municipalidad de Resistencia, no podrá cambiar, modificar o alterar en todo o en parte, el destino de uso que tienen los inmuebles objeto de la presente, que son los de esparcimiento y recreación, para el desarrollo de las actividades sociales, artísticas, culturales y deportivas. En el caso de incumplimiento, el domino de los mismos volverá en forma plena y automática a la esfera del Poder Ejecutivo.

Determina además que la Provincia conservará la propiedad superficiaria de las áreas e instalaciones existentes o en ejecución en los inmuebles a transferir, y un derecho prioritario de uso de los espacios cedidos, conforme las pautas que a tal efecto se fijen por reglamentación. El Poder Ejecutivo provincial tendrá prioridad de uso de los inmuebles objeto de la presente ley, conforme lo determina la reglamentación.

También la normativa establece que la Municipalidad de Resistencia tendrá un plazo de cinco años para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente ley, computados a partir de su promulgación, transcurridos los cuales sin que se hayan iniciado los trámites correspondientes para el cumplimiento de las finalidades mencionadas en el artículo 2º, quedará sin efecto lo dispuesto en el artículo 1º por lo cual los bienes volverán al dominio del propietario actual.

Establece además que la municipalidad tendrá un plazo de 5 años para el cumplimiento de los objetivos, computados desde su promulgación.

Finalmente, la ley dispone que, a partir de su aprobación, el Municipio tomará a su cargo y será el responsable de llevar adelante y ejecutar todas las acciones vinculadas al mantenimiento, puesta en valor, adecuaciones edilicias y urbanísticas que resulten necesarias en los mismos, para cumplir con dichos objetivos, las cuales estarán sujetas a estándares de modernidad, sustentabilidad, seguridad, salubridad y tecnología aplicada, entre otros.

Los inmuebles en cuestión son Laguna Arguello; Parque Autódromo; Parque Caraguatá; terrenos del Parque Paseo Sur; el lado noreste adyacente a las avenidas Islas Malvinas y Soberanía Nacional, y sobre el lado suroeste del canal, sobre las calles Bogotá y Nicaragua debiendo garantizarse una servidumbre de paso para mantenimiento y limpieza del mismo por parte de los organismos pertinentes; y el Parque Tiro Federal, ubicado entre calles Cervantes, Miguel Delfino, avenida Castelli y avenida Chaco.