Caso Cecilia: marcha atrás con el traslado de Emerenciano

En un escrito dirigido al Equipo fiscal Especial, el Servicio Penitenciario chaqueño detalló los motivos por los que no puede alojar al líder piquetero. Este jueves se esperan los argumentos de la abogada de César Sena.

El Servicio Penitenciario chaqueño dio de baja el traslado de Emerenciano Sena al Complejo Penitenciario I de Villa Barberán, donde está alojado su hijo, el principal acusado del femicidio de Cecilia Strzyzowski, porque no se dispone de las condiciones que exige el Equipo Fiscal Especial. El líder piquetero, que inició una huelga de hambre, continuará detenido en la Comisaría 3ª de Resistencia.

En un escrito dirigido a los fiscales Jorge Cáceres Olvera y Nelia Velázquez con fecha de este martes, pero que recién fue incorporado al expediente este miércoles, el Director General de Seguridad y Criminología Penitenciaria del Servicio Penitenciario de Chaco, justificó la negativa e hizo referencia a “impedimentos funcionales, lógicos y físicos de la situación real edilicia”.

Según detalló el Alcaide Mayor, el requerimiento de ubicar a Emerenciano Sena sin que exista contacto con su hijo César, va en contra de la “readaptación social” y del “esquema funcional” del Servicio Penitenciario.

“No podríamos concebir la resocialización de una persona aislándola completamente y pretendiendo que al agotar la temporalidad de su condena vuelva a relacionarse en la sociedad normalmente (…) No obstante eso, el único lugar con el que se contaría para alojamiento individual, permitiría una proximidad inmediata con aquella persona que se está intentando evitar su contacto”, indica Víctor Domingo Cáceres en el documento al que accedió Infobae.

Entre los motivos, el Alcaide Mayor también sostuvo que sería complicado “evitar los recaudos de comunicación” del dirigente social. Si bien Emerenciano Sena no está incomunicado y goza de visitas, “en caso de compartir celda con otros internos, por más que se le impidiera al individuo el acceso a un teléfono celular, no se puede garantizar que otro de sus pares próximo le prestare el suyo propio, a los cuales acceden bajo resolución ministerial”, apuntó Cáceres.