La ANMAT prohibió un suplemento dietario

Se trata de tabletas que en su etiqueta figura como producidas en Texas, pero el organismo argentino no pudo comprobar la veracidad de esos datos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) retiró del mercado un suplemento dietario que asegura ayudar al crecimiento del vello facial y que era ofrecido en la web. La medida se anunció a través de la Disposición 8387/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Se trata del producto identificado como “Facial Hair Growth Support”, el cual viene en una presentación de 120 tabletas y es distribuido por la empresa Elevate Recovery Supplements, LLC, con sede en “8700 Stonebrook Parkway #2112, Frisco, Texas”.

Luego de una investigación, el organismo argentino determinó que el artículo carece de registros sanitarios, por lo que consideró que es “ilegal”, por lo que prohibió su “comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea”.

De acuerdo con la ANMAT, todo comenzó a partir de una denuncia recibida en el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la promoción en Mercado Libre de uno de estos suplementos, que tenía como número de lote el 003265008977 y como fecha de vencimiento el 08/2022.

A simple vista, el rótulo del envase no presentaba “la información obligatoria”, por lo que se le solicitó al Departamento Autorización y Comercio Exterior de Alimentos que informe si este suplemento “se encontraba inscripto” en el INAL y “si había ingresado al país”.

Sin embargo, el mencionado Departamento “indicó que el producto no contaba con antecedentes de registro ni de ingreso”. Ante esta situación, se decidió remitir estas actuaciones “a la Dirección de Relaciones Institucionales de la ANMAT para evaluar las medidas a adoptar” al respecto.

Al tomar conocimiento del tema, el organismo señaló que el artículo “se halla en infracción al artículo 4° de la Ley 18284, el artículo 4° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de autorización de establecimiento y producto”, por lo que resulta ser “ilegal”.

Por su parte, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó “prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”, teniendo en cuenta “las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”.

Para argumentar esta medida, se reiteró que por carecer de registros, “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.