Proponen sancionar a quienes dañen el ambiente

El senador nacional por el Chaco, Antonio Rodas presentó en la mañana de hoy un proyecto de ley para tipificar los delitos contra el ambiente ya que, asegura, dentro del sistema penal son escasos. El documento evalúa penas de hasta 30 años dependiendo la gravedad del delito.

Rodas, quien además fue ratificado como vicepresidente de la comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, entre sus considerandos, aseguró que las normas que hasta el momento dispone la Justicia en la materia “están dispersas en leyes que han regulado estas conductas de modo insuficiente”.

“Las regulaciones ambientales se han caracterizado por aparecer en razón de casos concretos, a medida que la cuestión ambiental fue tomando visibilidad como objeto de protección jurídica”, explicó el legislador chaqueño.

Aseveró que, ante esto, y desde el punto de vista de la política criminal, “se entiende que es necesario incorporar de forma sistematizada la punición de estas conductas”, por lo que este proyecto propone unificar en una sola norma, especial, los delitos contra el ambiente”.

Para sancionar este tipo de conductas se prevén penas de prisión y un sistema novedoso de multas, denominado “días” que será determinado según las condiciones económicas del condenado y su capacidad de pago, con límites mínimos y máximos. El valor “día” será actualizado periódicamente y la multa, destinada a un fondo especial para solventar la asistencia social a las víctimas y a sus familias. Esto obedece al hecho que, en cuestiones de multas, distintas iniciativas de reforma del código penal han optado por definir estándares actualizables para que no devengan obsoletos.

La propuesta de Rodas contempla penas contra la contaminación y daños contra el medio ambiente, que incluyen la mortandad de animales o la alteración o destrucción significativa de la flora, para lo cual se prevén las correspondientes figuras agravadas y culposas, y la incorporación de la responsabilidad de las personas jurídicas y de los funcionarios públicos. Para este tipo de delitos los castigos van desde los 720 días de multa hasta los 30 años de prisión.

También se incorporan los delitos contra la biodiversidad, con penas para quien, sin autorización y en violación a la legislación y reglamentos nacionales y provinciales, introduzca o libere en el ambiente un ejemplar de flora o fauna exótica invasora, de organismos o microorganismos genéticamente modificados y la alteración negativa de los componentes o estructura de la flora o del funcionamiento de los ecosistemas naturales. Para estos delitos se prevén penas que van desde los 12 días de multa hasta los seis años de prisión.

También prevé una figura que pena la facilitación o instigación de incendios en bosques, arbustales o pastizales que causen un grave daño a elementos naturales, la flora, la fauna, los ecosistemas o el ambiente en general.

Se establecen nuevos tipos penales para quienes, no respetando las disposiciones vigentes, cambiaren el uso del suelo forestal o del suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas.

Por otra parte, se contempla la protección de los humedales, temática de especial relieve en Argentina y particularmente para el Chaco.