Salud redactará sus documentos en lenguaje inclusivo

Es para “eliminar los estereotipos y prejuicios referidos a la orientación sexual y la identidad de género que impidan o restrinjan la participación en la vida pública”.

El Ministerio de Salud comenzará a utilizar “lenguaje y comunicación no sexista e inclusiva” en las producciones, documentos, registros y actos administrativos de todos los ámbitos de su competencia, así como también en sus organismos descentralizados, según una resolución publicada este martes en el Boletín Oficial.

El artículo número 2 del documento precisa que la Dirección de Géneros y Diversidad asistirá técnicamente “a las áreas ministeriales, los equipos técnicos y gestores de servicios para la implementación del lenguaje y la comunicación no sexista e inclusiva”.

Por qué el ministro de Salud decidió emplear lenguaje inclusivo y no sexista

La Resolución 952/2022, que lleva la firma de la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, indica que “resulta conveniente generar nuevas formas de comunicar que construyan y expresen igualdad para la diversidad de géneros, ya sea en la redacción de piezas de comunicación o en la generación de contenido audiovisual, con sensibilidad y perspectiva de género”.

Además, precisa que “el lenguaje inclusivo y no sexista refiere a construcciones lingüísticas y términos expresados de modo oral, escrito y/o visual que abonan al reconocimiento de mujeres y LGBTI+ y que no perpetúan estereotipos corporales, sexuales y de género”.

También recuerda que “el lenguaje es un producto social e histórico cambiante a través del cual las sociedades construyen y expresan constantemente ideas, sentimientos, modos de pensar y esquemas de valoración”.

En sus considerandos, el Ministerio afirmó que “modificar las formas de comunicación y dinámicas institucionales es una manera de acompañar las transformaciones de los patrones socioculturales, fomentando valores democráticos e inclusivos”.

En ese marco, se aclaró que la Argentina “ha adherido a diversos tratados internacionales sobre derechos humanos orientados a la eliminación de toda forma de discriminación y violencia, los cuales poseen rango constitucional”.

La medida se apoyó en los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de Derechos Humanos con relación a la orientación sexual y la identidad de género de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) de 2007, que establecen que “los Estados adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar los estereotipos y prejuicios referidos a la orientación sexual y la identidad de género que impidan o restrinjan la participación en la vida pública”.