Actualizan cuotas de prepagas

Se espera que la Resolución Oficial se publique en las próximas horas. Habrá topes sobre la inflación y la evolución de los salarios y planes más económicos con copagos.

En las próximas horas se espera la oficialización de la nueva fórmula de actualización para las cuotas de la medicina prepaga que se aplicará a partir del año próximo, luego de la polémica por los aumentos que se aplicaron durante este año.

Las empresas de medicina prepaga debían aumentar las cuotas de sus planes de salud un 13,8% a partir de diciembre de acuerdo al porcentaje del aumento del índice de costos de salud, que contempla la evolución de los rubros del sector como recursos humanos, medicamentos, insumos médicos y otros gastos generales y que se calculaba en forma bimestral.

A través de la Resolución 1293/2022, publicada a fines de junio de este año, el Ministerio de Salud aprobó la creación de este nuevo índice que -hasta ahora- podía ser utilizado por las empresas de medicina prepaga para aplicar aumentos a las cuotas que reciben sus usuarios en forma bimestral.

Sin embargo, luego de las críticas a la medida que realizó la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, se decidió desdoblar en dos ese aumento (finalmente se aplicará en dos tramos de 6,9%) y definir una nueva fórmula para los aumentos que se aplicará a partir del año próximo.

De acuerdo a un borrador, que aun no es oficial y puede tener algunas modificaciones, una de las posibilidades es que se establezca a partir de febrero de 2023 dos fórmulas de actualización mensual diferentes de acuerdo al tipo de afiliados: los que contratan el servicio de medicina prepaga de forma directa o los que derivan sus aportes del sistema de obras sociales.

Según trascendió, el valor de las cuotas de los contratos individuales directos de medicina prepaga tendrán como tope una actualización de hasta el 90% del índice de inflación (IPC) del mes anterior para aquellos asociados que posean ingresos inferiores a la categoría H del monotributo (unos $ 352.498 mensuales)

En tanto, para los usuarios que acceden a través de la derivación de los aportes obligatorios del sistema de obras sociales, el tope será el 90% del índice de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) del mes anterior para trabajadores en relación de dependencia que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos vitales y móviles (unos $347.400)

La resolución aun no publicada también establecería que a partir de 2023 las empresas de medicina prepaga deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios planes de cobertura con copagos que deberán tener un valor 25% menor al mismo plan sin copagos. Hoy las grandes empresas del sector no ofrecen esa posibilidad a sus usuarios.

Otro de los puntos que se analizan es la posibilidad de encuadrar a las entidades de medicina prepaga dentro de la activad aseguradora. Esa decisión se tomaría luego de un informe de distintos organismos del Estado que en los próximos 90 días evaluarían los detalles sobre este posible cambio.