Marcha para reclamar que se prohíba la venta online de mascotas

“Los animales no son objetos ni son cosas que podamos comercializar con el fin de obtener un beneficio económico; son seres sintientes, con derechos y voluntades propias que son vulneradas y violentadas por nuestros hábitos”, expresaron los organizadores.

Asociaciones sin fines de lucro defensoras de los derechos de animales marcharán mañana por la tarde desde Parque Saavedra hasta las oficinas de Mercado Libre para denunciar la comercialización online de mascotas y reclamar a la empresa que prohíba ese tipo de publicaciones en su plataforma.

“Los animales no son objetos ni son cosas que podamos comercializar con el fin de obtener un beneficio económico; son seres sintientes, con derechos y voluntades propias que son vulneradas y violentadas por nuestros hábitos”, señalan los organizadores de la convocatoria en una campaña de recolección de firmas que llevan adelante a través de Change.org ( https://Change.org/BastaDeVenderAnimales ) y que hasta el momento reunió más de 237.000 adhesiones.

Con esta consigna, por medio de sus redes sociales, este grupo de organizaciones convocó para mañana a partir de las 16 a marchar desde Parque Saavedra hasta las oficinas de Mercado Libre ubicadas en la calle Posta 4789 del barrio porteño de Saavedra.

“Todas las campañas contra la venta de animales hasta ahora fueron virtuales, es hora de poner el cuerpo. Sábado 1/7, desde las 16, marchamos hasta las oficinas de Mercado Libre con afiches y carteles”, insta la cuenta desde sus historias y piden ayuda para difundir el accionar de la empresa.

“Que Mercado Libre deje de comercializar animales, cualquiera sea su especie. ¿Ellos cuentan con vos?”, plantean las organizaciones en la convocatoria.

La cuenta de Instagram @xunmercadosinanimales es gestionada por una asociación sin fines de lucro llamada “Soplo de vida” y por una educadora de perros.

Si bien la agencia Télam se comunicó con la empresa, la misma no aportó una respuesta sobre el tema pero en las publicaciones aunque en la plataforma ofrece un botón de denuncia.

En este sentido, voceros de la compañía señalaron que allí se puede denunciar si “el producto parece ilegal o no cumple con nuestras políticas de artículos prohibidos, utiliza datos de contacto en las respuestas o publicaciones, quiere cobrar un precio diferente, hay incoherencias con el precio y los productos de la publicación, venden una copia o falsificación e inducen en la publicación o en sus respuestas a que se realicen acciones que pueden ser fraudulentas”.

En cuanto a la normativa local vigente, la ley 6194, sancionada por la Legislatura porteña en el año 2019, modifica el inciso 4.13.1 del Capítulo 4.13 “Exposición y venta de animales vivos” del Código de Habilitaciones y Verificaciones, el cual fue aprobado por la Ordenanza 34.421.

Allí se comunica que queda prohibida “la exhibición de animales en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función, ya fuere esta exhibición con fines de compra, venta u ofrecimiento a título gratuito, o de mera publicidad, en forma permanente o temporal, ya sea que se encuentren sueltos, dentro de jaulas, caniles o cualquiera fuera la forma de contención”.

Se explica que “los locales podrán exhibir sus animales (admitidos por la ley) en el interior, debiendo tomar los recaudos necesarios para que no fueren directamente visibles desde el exterior y, en todos los casos, asegurando buenas condiciones de sanidad, alimentación, higiene y ventilación”.

A su vez, el artículo tercero modifica el inciso 1.2.9 “Venta o Tenencia irregular de animales”, (Higiene y Seguridad) del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires de la Ley 451, y se refiere a la “Venta, exhibición o tenencia irregular de animales”.

“El o la que tenga un animal cuya tenencia esté prohibida y no cuente con autorización de la autoridad competente o venda, tenga, guarde animales en infracción a las normas zoo-sanitarias o de seguridad, exhiba animales vivos destinados a la venta, es sancionado/a con multa de trescientas (300) a mil (1000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas y/o clausura del establecimiento”, aclara la Ley local.